El presidente Rodrigo Paz y su gabinete oficializaron el martes la autorización para que personas naturales y jurídicas privadas importen diésel y gasolina, mediante la promulgación del Decreto Supremo 5644, con el objetivo de permitir el consumo propio y la comercialización en el territorio nacional.
Esta medida, enmarcada en la emergencia energética vigente, persigue la diversificación de la cadena de suministro para superar el desabastecimiento registrado en meses pasados.
La normativa publicada en la Gaceta oficializa la apertura excepcional del sector a actores privados para operaciones de consumo propio o venta directa, bajo un esquema de precios de mercado que elimina cualquier rastro de subvención estatal.
“Se autoriza de manera excepcional a personas naturales o jurídicas privadas, la importación de carburantes y no carburantes para su consumo propio y/o comercialización en el mercado interno”, establece el Decreto Supremo 5644.
La Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) clasificará a los usuarios en tres categorías técnicas obligatorias para el registro y control de volúmenes mensuales:
- Gran Consumidor (GRACO) para adquisiciones iguales o superiores a 20.000 litros desde plantas de almacenaje.
- Cliente directo para compras entre 5.001 y 19.999 litros también desde plantas.
- Usuario directo para volúmenes entre 120 y 5.000 litros mediante estaciones de servicio.
Los interesados deberán obtener autorizaciones previas de la ANH y del Viceministerio de Defensa Social para iniciar con las operaciones.
Para garantizar la transparencia y evitar irregularidades, el decreto impone restricciones estrictas sobre el manejo de los productos. En su artículo 12, se prohíbe taxativamente la combinación de carburantes.
“Está prohibido que las estaciones de servicio y puestos de venta trasvasijen, mezclen o realicen cualquier forma de combinación de productos provenientes de YPFB con productos importados”, advierte el texto oficial.
Para impulsar la producción nacional, el Ejecutivo valida la combinación de carburantes importados con insumos vegetales, al tiempo que elimina cargas impositivas temporales. El Gobierno fijó la tasa del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados (IEHD) en cero bolivianos hasta diciembre de 2030 y estableció un arancel del 0% para gasolinas específicas hasta el cierre de 2026.
El régimen sancionador tipifica faltas muy graves, como la reventa de combustible subvencionado, castigándolas con multas de hasta 10.000 UFV y la revocatoria inmediata de las licencias de operación.