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PORTADA POLÍTICA 14:31 del 16/04/2026

SE CAE LA SEGUNDA VUELTA: LA JUSTICIA CIERRA LA PUERTA A YAHUASI


La disputa por la segunda vuelta en la Gobernación de La Paz llegó a un punto decisivo este jueves. La Sala Constitucional Segunda resolvió negar el amparo interpuesto por René Yahuasi, cerrando así la vía judicial que buscaba revertir la declinatoria de Nueva Generación Patriótica (NGP) y frenar la suspensión del balotaje.

Con esta decisión, se consolida la postura del Tribunal Supremo Electoral (TSE), que había aceptado el retiro de NGP del proceso. En consecuencia, la segunda vuelta queda sin efecto y se allana el camino para la proclamación directa del candidato restante.

Yahuasi sostenía que la declinación vulneraba derechos políticos y alteraba la voluntad democrática. Sin embargo, el tribunal consideró que no existió tal afectación. Según su análisis, las reglas del proceso electoral eran claras desde el inicio y el propio accionante participó bajo ese marco normativo sin presentar objeciones oportunas.

Uno de los puntos centrales del fallo fue que los derechos políticos no son absolutos: están sujetos a condiciones, reglamentos y procedimientos previamente establecidos. En ese sentido, la Sala remarcó que un recurso de amparo no puede utilizarse para modificar las reglas del juego una vez que el proceso ya está en marcha.

Además, los magistrados respaldaron la actuación del TSE, señalando que se ajustó al artículo 64 de la Ley de Régimen Electoral. Esta norma contempla expresamente que, si una de las candidaturas se retira antes de la segunda vuelta, el otro postulante puede ser proclamado automáticamente como ganador.

El tribunal también aclaró que la decisión de NGP no fue un acto aislado ni arbitrario, sino una determinación orgánica tomada por su Comité Ejecutivo, en el marco de su autonomía partidaria.

Otro aspecto clave del fallo fue la vía elegida por Yahuasi. La Sala puntualizó que, si lo que se pretendía era cuestionar la constitucionalidad de la norma electoral, el mecanismo adecuado no era el amparo, sino el control normativo.

Al no evidenciarse vulneraciones al derecho al sufragio, al debido proceso ni a otros derechos políticos, la Sala resolvió denegar la tutela solicitada. Como consecuencia inmediata, también dejó sin efecto la medida cautelar que había frenado el proceso de proclamación.

De este modo, el escenario político en La Paz se redefine: sin segunda vuelta y con el camino despejado para la designación del nuevo gobernador.
Junior Arias
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